Residencia de Afiliados AMFEAFIP
REGLAMENTO OBLIGATORIO para PASAJEROS y Empleados
1°) Se encuentra terminantemente prohibido Fumar en todas las habitaciones y en todos los espacios cerrados del Hotel. El único ámbito permitido para fumar es la terraza del edificio. Atento a lo dispuesto en la Ley 26.687, en el sentido de contemplar la clausura inmediata del hotel en caso de verificarse el encendido de cigarrillos, se solicitará el desalojo inmediato del Establecimiento al pasajero que haya incumplido la prohibición de fumar.
2°) Se encuentra prohibido introducir a la habitación cualquier tipo de comestible. Los pasajeros podrán hacer uso del salón del Entre Piso para comer “Exclusivamente Alimentos envasados”.
3°) El Check In es a partir de las 12:00Hs, y el Check Out a las 10:00 hs.
4°) Por Razones de Seguridad el Establecimiento quedará cerrado bajo llave desde las 00:00 Hs a las 06:00 Hs. Los pasajeros que ingresen o egresen en dicho horario deberán notificarlo previamente en la Conserjería del Hotel.
5°) Previo al Check Out, se verificará el inventario de la habitación. Las roturas y o faltantes de muebles, ropa y/o instalaciones de las habitaciones serán cargados a la cuenta del pasajero.
Otras Prohibiciones
Los destinatarios de este Reglamento también tienen especialmente prohibido durante su estancia o tránsito en la Residencia de la AMFEAFIP:
a) Provocar cualquier tipo de desorden, vandalismo, comportamiento hostil, disturbios, inconductas notorias, alteraciones del orden, o realizar cualquier acto que pueda trastocar la tranquilidad, silencio, descanso y privacidad que los pasajeros esperan encontrar durante su estancia en la Residencia de la AMFEAFIP.
b) Ingresar a las habitaciones con acompañantes ocasionales.
c) Actuar grosera o agresivamente contra otros pasajeros, acompañantes, visitantes en la Residencia de la AMFEAFIP., empleados en la Residencia de la AMFEAFIP., jerárquicos o no, y aún contra sus propios acompañantes.
d) Realizar actos de violencia, intimidación psíquica o moral, acoso de cualquier índole, proferir amenazas, justificadas o no, y realizar cualquier acto, exclamación o expresión que afecte el honor, prestigio o la integridad psíquica de cualquier destinatario de este Reglamento o de cualquier empleado de la Residencia de la AMFEAFIP.
e) Dañar o deteriorar, total o parcialmente, las instalaciones, bienes, servicios y suministros en la Residencia de la AMFEAFIP.
g) Ingresar a la Residencia de la AMFEAFIP., o consumir dentro de él, cigarrillos, cigarros, bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas por la legislación nacional o local.
h) Ingresar sin expresa autorización a la Residencia de la AMFEAFIP u omitir la denuncia de su tenencia y/o tener en su poder armas de fuego, o de otro tipo, explosivos de cualquier clase, sin excepción alguna.
i) Provocar sonidos notoriamente elevados que molesten a otros pasajeros o perturben la tranquilidad y paz que deben reinar en la Residencia de la AMFEAFIP.
J) Ejecutar, promover o incentivar actos discriminatorios contra otros pasajeros, visitantes o empleados de la Residencia de la AMFEAFIP.
l) Revelar o difundir datos de índole confidencial de la Residencia de la AMFEAFIP que haya obtenido en ocasión o con motivo de su estadía o tránsito en el establecimiento hotelero.
Email: residenciacentro@amfeafip.org.ar
Tlf: (011) 4375-5705
Dirección:
C. AUTONOMA DE BS. AS.
CAPITAL FEDERAL
Tucumán 2114, San Nicolás, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Este formulario NO es para RESERVAS , ni para informes de pagos.
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